martes, 4 de marzo de 2008

Proyecto: Creación del CEDOCAM (mar2008)

Concejo Deliberante - Frente Vecinal Esquel
PROYECTO DE ORDENANZA


TEMA: ORDENANZA DE CREACIÓN DEL CENTRO DE DOCUMENTACIÓN SOBRE CUESTIONES AMBIENTALES (CEDOCAM)

VISTO:

Los artículos 43 de la Constitución Nacional y 109 de la Constitución de la Provincia del Chubut, disposiciones de las leyes nacional Nº 25.675 y provincial Nº 5.439, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario iniciar un adecuado proceso de planeamiento a largo plazo para la Ciudad de Esquel que, entre otros requisitos, contemple el crecimiento urbano con sustentabilidad ambiental.
Que para ello es imprescindible comenzar por recopilar información tendiente a conocer con el mayor grado de confiabilidad posible, las características ambientales de nuestro entorno.
Que al respecto, existen numerosos trabajos relacionados con la cuestión ambiental de nuestra zona, tanto de organismos públicos como privados y de particulares que, muchas veces por desconocimiento, son desaprovechados a la hora de tomar decisiones de política ambiental por los organismos competentes.
Que en tal sentido se considera útil reunir en un mismo ámbito toda la documentación existente y que se produzca en lo sucesivo respecto del tema, a fin de sistematizar su clasificación y consulta para, de este modo, facilitar la adopción de las políticas públicas respecto de la cuestión.
Que el ámbito del Concejo Deliberante se considera el más adecuado para actuar como depositario del material reunido, por su naturaleza de órgano representativo de la totalidad de la ciudadanía y productor de las normas que la regulan, entre ellas las relacionadas con la problemática ambiental. Ello sin perjuicio de que el Centro de Documentación que se proyecta deberá obrar, además, como fuente de consulta para la totalidad de los interesados, entre ellos, principalmente, el Departamento Ejecutivo Municipal.
Que resulta conveniente para satisfacer dicha necesidad, la creación del Centro de Documentación sobre Cuestiones Ambientales (CEDOCAM), cuya misión será la de recopilar la totalidad de los trabajos publicados o inéditos, existentes o que en lo sucesivo se produzcan, sobre cuestiones ambientales de la zona y/o que puedan afectar o incidir en el ambiente y/o en la calidad de vida de los vecinos de nuestra Ciudad.
Que resulta conveniente que la dirección del Centro a crearse funcione en la órbita de la Comisión Permanente de Ambiente y Recursos Naturales del Cuerpo y que el mismo sea dirigido por el presidente de la aludida comisión.


POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE de la ciudad de Esquel, en uso de atribuciones y facultades que le confiere la ley 3.098 sanciona la presente:


ORDENANZA:

Artículo 1 – Créase el Centro de Documentación sobre Cuestiones Ambientales (CEDOCAM) que se regirá por la presente Ordenanza y las reglamentaciones que en su consecuencia se dicten.
Art. 2 – El CEDOCAM funcionará en el ámbito del Honorable Concejo Deliberante. Será dirigido por el presidente de la Comisión Permanente de Ambiente y Recursos Naturales del Cuerpo, lo que no generará derecho a retribución adicional a su favor, sin perjuicio del reintegro de los gastos incurridos en su ejercicio.
Art. 3 – El CEDOCAM tendrá como misión la reunión de la totalidad de la documentación existente y que en lo sucesivo se produzca relativa a cuestiones ambientales referidas a la zona de la Ciudad de Esquel y aledaños y/o que de alguna manera puedan tener incidencia en la calidad del ambiente de la Ciudad y en la calidad de vida de sus habitantes.
Art. 4 – El CEDOCAM requerirá de entidades públicas y privadas y de particulares la remisión, dentro de lo posible, de todo material de interés relevante sobre el tema ambiental, tales como: publicaciones, tesis, monografías, “papers”, presentaciones, ponencias, relevamientos, y cualquier otro material, ya fuere publicado o inédito. La remisión se efectuará en el soporte más adecuado, en función del material enviado, procurando que la misma se acompañe en todos los casos de una versión en formato digital.
Art. 5 – El CEDOCAM clasificará y conservará la totalidad del material recibido, cuya consulta será pública, debiendo adoptarse los recaudos necesarios para la preservación de los derechos de propiedad intelectual de las obras, en cumplimiento de las disposiciones vigentes al respecto.
Art. 6 – El CEDOCAM, representado por su director, queda facultado para celebrar convenios con entidades públicas o privadas, los que, para su validez, deberán ser ratificados por resolución del H.C.D.
Art. 7 – De forma.


FUNDAMENTOS:

En su primera reunión llevada a cabo el día 17 de diciembre de 2007, la Comisión Permanente de Ambiente y Recursos Naturales, en su nueva composición luego del recambio de los integrantes del Cuerpo ocurrida el día 10 de diciembre, se acordó unánimemente que uno de los objetivos más importantes que debía plantearse la misma lo constituye la iniciación de un proceso de planeamiento a largo plazo para la Ciudad de Esquel, ambientalmente sustentable, entre otros requisitos que de ninguna manera se pretenden desconocer y que exceden el marco de la competencia de esta Comisión.
Para ello, hubo coincidencia en que es imprescindible comenzar por recopilar información tendiente a conocer con el mayor grado de confiabilidad posible, las características ambientales de nuestro entorno.
Al respecto, se conoce que existen numerosos trabajos relacionados con la cuestión ambiental de nuestra zona, tanto de organismos públicos como privados y de particulares que, muchas veces por desconocimiento, son desaprovechados a la hora de tomar decisiones de política ambiental por los organismos competentes.
Por ello, se considera útil reunir en un mismo ámbito toda la documentación existente y que se produzca en lo sucesivo respecto del tema, a fin de sistematizar su clasificación y consulta para, de este modo, facilitar la adopción de las políticas públicas respecto de la cuestión.
En tal sentido se considera que el ámbito del Concejo Deliberante es el más adecuado para actuar como depositario del material reunido, por su naturaleza de órgano representativo de la totalidad de la ciudadanía y productor de las normas que la regulan, entre ellas las relacionadas con la problemática ambiental. Ello sin perjuicio de que el Centro de Documentación que se proyecta deberá obrar, además, como fuente de consulta para la totalidad de los interesados, entre ellos, principalmente, el Departamento Ejecutivo Municipal.
Por ello, el presente proyecto prevé la creación del Centro de Documentación sobre Cuestiones Ambientales (CEDOCAM), cuya misión será la de recopilar la totalidad de los trabajos publicados o inéditos, existentes o que en lo sucesivo se produzcan, sobre cuestiones ambientales de la zona y/o que puedan afectar o incidir en nuestro ambiente y/o calidad de vida de los vecinos de nuestra Ciudad.
Acorde con lo señalado, se prevé que el Centro sea dirigido por el presidente de la Comisión Permanente de Ambiente y Recursos Naturales del Cuerpo.


Esquel, 04 de marzo de 2008.

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