lunes, 6 de septiembre de 2004

Derogar aumento a concejales (set 2004)

Concejo Deliberante - Frente Vecinal Esquel
PROYECTO DE ORDENANZA

Visto:
La facultad que posee el Honorable Concejo Deliberante de fijar la dieta de sus miembros con cargos electivos y

Considerando:
Que las dietas establecidas para los Concejales, al no quedar debidamente establecidas en la Ordenanza Nº 42/04 del 20 de abril de 2004, tuvieron que ser estimadas a partir del Dictamen Nº 19/04 de Asesoría Legal del día 2 de junio de 2004,
Que existe un acuerdo en priorizar un sueldo digno para los trabajadores municipales.
Que no es necesario esperar la reglamentación de la Carta Orgánica sino que los puntos de acuerdo deberían incluirse en el presupuesto 2005 que debe presentarse el 31 de octubre de 2004.

Por ello:
El Honorable Concejo Deliberante de la Cuidad de Esquel en uso de las atribuciones que le confiere la Ley 3098, sanciona la presente

Ordenanza

Artículo 1º: MODIFÍQUESE la Ordenanza Nro. 42/04 dejando sin efecto el aumento a los cargos de Concejales.

Artículo 2º: DEJASE SIN EFECTO el Dictamen Nº 19/04 de Asesoría Legal.

Artículo 3º: Regístrese, comuníquese al Departamento Ejecutivo y cumplido archívese.


Esquel, 6 de septiembre de 2004.

lunes, 2 de agosto de 2004

Incorporar AYUDA ALIMENTARIA al sueldo básico (ago 2004)

Concejo Deliberante - Frente Vecinal Esquel
PROYECTO DE ORDENANZA

Visto :
El derecho que tienen los trabajadores de percibir sus haberes cumplimentando todos los requisitos que establece la legislación laboral vigente, y

Considerando :
Que todos los trabajadores tienen derecho a percibir una jubilación acorde a los montos de los salarios percibidos durante su trabajo como activos,
Que todo aporte previsional redunda en beneficio no sólo de la futura jubilación del aportante sino también para el sector pasivo, cuyo magros salarios se ven siempre más perjudicados,
Que los derechos de los trabajadores son inalienables, por ello aquellos montos fijos no remunerativos que en cierto momento histórico del país, sirvieron para paliar una difícil situación socioeconómica, deben ir regularizándose hasta cumplimentar todos los derechos adquiridos por los trabajadores. Por lo que daría mayor estabilidad al salario percibir dicha suma incorporada al sueldo básico,
Que la AYUDA ALIMENTARIA del PERSONAL MUNICIPAL se acordó en un Acta Acuerdo entre la Municipalidad de Esquel y el SOEME (Sindicato que agrupa mayoritariamente a los empleados municipales) y que fuera ratificada por la ORDENANZA N° 128/02, aprobada el 19 de setiembre de 2002,
Que la AYUDA ALIMENTARIA es otorgada al personal municipal desde la categoría 1 a la 17 inclusive,
Que reconocer el pago de los aportes previsionales y patronales forma parte de las obligaciones de todo empleador,
Que es imprescindible legislar y ejecutar en vista al futuro de los trabajadores.

Por ello :
El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley 3098, sanciona la siguiente

ORDENANZA

ART. 1°: INCORPÓRESE al sueldo básico la suma otorgada como AYUDA ALIMENTARIA a los trabajadores municipales de la ciudad de Esquel más los aportes previsionales y patronales correspondientes. Dichos aportes serán abonados en su totalidad por el Departamento Ejecutivo a través de la Secretaría de Hacienda de manera tal de que los trabajadores perciban de bolsillo los 150 $.

ART. 2° : Regístrese, comuníquese y cumplido archívese.

Esquel, 02 de Agosto de 2004.

jueves, 27 de mayo de 2004

SUBSIDIO GAS (mayo 2004)

Concejo Deliberante - Frente Vecinal Esquel
PROYECTO DE ORDENANZA

TEMA: Subsidio del 50 % del gasto mensual de gas envasado para las familias que cumpliendo los requisitos aún no se les ha realizado la conexión a la red de gas.

VISTO:
La situación provocada por la empresa CAMUZZI-GAS DEL SUR que se niega a realizar nuevas conexiones a los vecinos que lo solicitan aduciendo la saturación de la red.

CONSIDERANDO:

Que la rentabilidad obtenida por la empresa desde que se hizo cargo del servicio no justifica la actual situación.

Que como la mayoría de las privatizaciones realizadas durante el gobierno menemista, esta constituye una verdadera enajenación del patrimonio nacional.

Que esta desinversión por parte de la empresa CAMUZZI – GAS DEL SUR se sintetiza en que se privatizan las ganancias y el Estado debe hacerse cargo de las pérdidas.

Que el acceso a los servicios es un derecho de los vecinos.

Que la municipalidad de Esquel debe velar por el cumplimiento de esos derechos ciudadanos.

Que la situación provocada por la empresa CAMUZZI – GAS DEL SUR ante la imprevisión por parte del estado, afecta a alrededor de doscientas familias, que deben ser compensadas.

Que las actuales condiciones climáticas imponen una solución inmediata.

Que la fecha probable de terminación de la obra de ampliación del gasoducto cordillerano es incierta.

Que la inversión realizada por los vecinos para la conexión del servicio, ante las promesas de la empresa CAMUZZI – GAS DEL SUR de que antes de este período invernal iban a contar con el mismo, hacen que en el presente no puedan afrontar otro tipo de gastos para calefacción.


POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley 3098, sanciona la presente


ORDENANZA

Art. 1°.- AUTORIZAR al Departamento ejecutivo a subsidiar el 50 % del gasto mensual de gas envasado a las familias que cumpliendo todos los requisitos aún no tienen acceso al servicio. Dicho subsidio será hasta el momento en que se haga efectiva la conexión de gas domiciliario.

Art. 2°.- De forma.

Esquel, Chubut, 27 de mayo de 2004